Decreto 1848 de 2017

DECRETO 1848 DE 2017
(noviembre 8)
por el cual se adiciona la Sección 2 al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social en relación con el Sistema de Habilitación de las Entidades Promotoras de Salud Indígenas – EPSI, aplicables durante el periodo de transición al Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI) y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el parágrafo del artículo 180 de la Ley 100 de 1993, y en desarrollo del numeral 1 del artículo 25 de la Ley 21 de 1991, los artículos 180 y 181 literal g) de la Ley 100 de 1993, el artículo 14 de la Ley 691 de 2001, la Ley 1751 de 2015, los artículos 113, 116 y 267 de la Ley 1753 de 2015 y el literal c) numeral 4 del acápite Ministerio de la Protección Social, componente Acuerdos con los pueblos indígenas, del Anexo IV.C.1-1 de la Ley 1450 de 2011, y

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