Resolución 0845 de 2017
RESOLUCIÓN 0845 DE 2017
(enero 31)
por la cual se deroga la Resolución 0091 del 8 de enero de 2014 y se establece la Política de Administración de Riesgos de Procesos y de Corrupción de la Superintendencia de Notariado y Registro.
El Superintendente de Notariado y Registro, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en el numeral 19 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014.
CONSIDERANDO:
Que la Ley 87 de 1993, “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, establece que son objetivos del control interno, entre otros, la protección de los recursos de la organización, la que debe buscar su adecuada administración ante los posibles riesgos que los afecten; además, definir y aplicar aquellas medidas tendientes a prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de los objetivos.
Que de conformidad con lo previsto por el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, “por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, toda entidad pública “deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano”.
Que el Gobierno nacional mediante el Decreto 1083 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, en el artículo 2.2.21.5.4, como parte integral del fortalecimiento de los sistemas de control interno en las entidades públicas; las autoridades correspondientes establecerán y aplicarán políticas de administración del riesgo. Para tal efecto, la identificación y análisis del riesgo debe ser un proceso permanente e interactivo entre la administración y las oficinas de control interno o quien haga sus veces, evaluando los aspectos tanto internos como externos que pueden llegar a representar amenaza para la consecución de los objetivos organizaciones, con miras a establecer acciones efectivas, representadas en actividades de control, acordadas entre los responsables de las áreas o procesos y las oficinas de control interno e integradas de manera inherente a los procedimientos. Así mismo, en el Capítulo 6 del Título 21 del Sistema de Control Interno, se establece el Modelo Estándar de Control Interno (MECI).
Que la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante la Resolución 0091 del 8 de enero de 2014, adoptó y reglamentó la política de administración de riesgos en la Entidad, con base en lo establecido en el Modelo Estándar de Control Interno, en la Norma Técnica de Calidad NTCGP 1000 y el Sistema de Desarrollo Administrativo.
Que la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República lidera la metodología para el establecimiento del riesgo de corrupción, la cual fue actualizada de acuerdo a lo establecido en el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, el cual integra las políticas descritas en el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, en el artículo 52 de la Ley 1757 de 2015 y en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información (Ley 1712 de 2014), todas estas orientadas a prevenir la corrupción.
Que dentro del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano se incluye el componente de la Gestión del riesgo de corrupción-Mapa de Riesgos de Corrupción, el cual toma como punto de partida los parámetros impartidos por el Modelo Estándar de Control Interno (MECI), contenidos en la Metodología de Riesgos de la Función Pública.
Que de acuerdo a la modificación de la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro establecida en el Decreto 2723 de 2014, la Oficina Asesora de Planeación realizó la actualización de procesos y procedimientos de la Entidad, como lo establece la Resolución 2258 del 30 de octubre de 2015.
Que una vez realizada la actividad de actualización de procesos y procedimientos de la Superintendencia de Notariado y Registro, con el fin de cumplir con los requerimientos contemplados por el Sistema de Gestión de la Calidad y la Norma Técnica de Gestión Pública NTCGP 1000:2009, los cuales exigen que consecuentemente con la actualización de los riesgos de procesos se deben actualizar los riesgos e indicadores de los mismos; la Oficina Asesora de Planeación en el año 2016 realizó las actividades de actualización de los riesgos de procesos y de corrupción con la participación y aprobación de los responsables de las dependencias de la Entidad, aplicando las metodologías actualizadas establecidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República.
Que de acuerdo a lo anterior se hace necesario establecer la nueva política de administración de riesgos de procesos y de corrupción de la Superintendencia de Notariado y Registro, derogando la política de riesgos establecida en la Resolución 0091 del 8 de enero de 2014.
Que en atención a lo dispuesto por el numeral 11 del artículo 2° de la Resolución 4521 del 3 de mayo de 2016, que establece como una de las funciones del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo la de realizar revisión por la Dirección del Sistema de Gestión de la Calidad como componente de la política de eficiencia administrativa, en los términos establecidos incluyendo la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el Sistema de Gestión de la Calidad, incluidos la política de calidad y los objetivos de la calidad, el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo realizado el 17 de noviembre de 2016, aprobó la política de administración de riesgos de procesos y de corrupción de la Superintendencia de Notariado y Registro, cuyo texto hace parte de los documentos que componen el Sistema de Gestión de la Calidad de la Entidad bajo el código DE-PR-07-POL-01,
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